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El otorgamiento tiene carácter excepcional, fundamentado en situaciones graves de salud, discapacidad o carencia de ingresos ante la imposibilidad de trabajar.

Los recursos se comercializan a precios sin subsidios en unidades minoristas de comercio, subordinadas a las empresas minoristas de comercio, a partir de disponer del financiamiento en el plan de adquisición de los mismos, pudiendo emplear, además, mercancías procedentes del abandono, decomisos y descartes del turismo.

La forma de pago será, empleando las modalidades siguientes:

  1. Por cheques, entre empresas con cargo al presupuesto de la Asistencia Social.
  2. Pago en efectivo por el beneficiario.

Cuando se demuestre la insuficiencia de ingreso del núcleo familiar para comprar los recursos, se otorga una prestación monetaria en efectivo, equivalente al valor parcial o total de su precio de venta.

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Con el propósito de elevar la calidad de vida de un grupo de pacientes que padecen enfermedades crónicas y requieren, como parte de su tratamiento, el uso de equipos de climatización, iluminación y otros, se implementa el procedimiento dispuesto en la comunicación RS 1254 emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios del 4 de septiembre de 2007.

El procedimiento para la evaluación, otorgamiento y control de la protección implica la participación del Ministerio de Salud Pública, La Unión Eléctrica y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyas funciones específicas están contenidas en el manual de procedimientos para la Prevención, Asistencia y Trabajo Social.

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La Direcciones municipales de trabajo aplican, en las solicitudes que se formulen para el pago de un hogar de ancianos o casas de abuelos, las normas para el otorgamiento, ejecución y control establecidas para el resto de las prestaciones de la Asistencia Social.

Corresponde la aprobación del servicio, según tarifa establecida por el MINSAP, cuando concurran los requisitos siguientes:

  1. Adultos mayores que vivan solos.
  2. Carezcan de ingresos.
  3. No cuentan con familiares obligados en condiciones de prestar ayuda.

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El pago del servicio tiene una cuantía de $ 45.00 mensuales por cada beneficiario, con independencia del tipo de comedor o unidad donde reciba el servicio.

El medio de pago utilizado es la chequera, con cupones correspondientes a los meses con derecho a su disfrute. Es cobrada por el beneficiario en el centro de pago correspondiente, siendo responsable de abonar al comedor o unidad, el costo de los alimentos en efectivo.

Requisitos:

  1. Estar vinculado al servicio de alimentación y hacer uso del mismo de manera estable.
  2. No contar con ingresos económicos para el pago del servicio o que sean insuficientes.
  3. Carecer de familias obligados en condiciones de prestar ayuda.
  1. Protección a Madres de Hijos con Discapacidad Severa
  2. Servicio de Asistencia Social a Domicilio Excepcional
  3. Servicio de Asistencia Social a Domicilio
  4. Prestaciones monetarias temporales de la asistencia social a trabajadores declarados disponibles