,Es el órgano superior local del poder del Estado, y, en consecuencia, está investido de la más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en esta demarcación y para ello, dentro del marco de su competencia, y ajustándose a la ley, ejerce gobierno.

Además, coadyuva al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades establecidas en el territorio que no le estén subordinadas, conforme a lo dispuesto en la ley.

La Administración Local de la Asamblea dirige las entidades económicas, de producción y de servicios de subordinación local, con el propósito de satisfacer las necesidades económicas, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas y recreativas del territorio.

Para el ejercicio de sus funciones, la Asamblea Local del Poder Popular se apoya en los Consejos Populares y en la iniciativa y amplia participación de la población y actúa en estrecha coordinación con las organizaciones de masas y sociales.

Los Consejos Populares se constituyen en ciudades, pueblos, barrios, poblados y zonas rurales; están investidos de la más alta autoridad para el desempeño de sus funciones; representan a la demarcación donde actúan y a la vez son representantes de los órganos del Poder Popular municipal, provincial y nacional.

Trabajan activamente por la eficiencia en el desarrollo de las actividades de producción y de servicios y por la satisfacción de las necesidades asistenciales, económicas, educacionales, culturales y sociales de la población, promoviendo la mayor participación de ésta y las iniciativas locales para la solución de sus problemas.

Coordinan las acciones de las entidades existentes en su área de acción, promueven la cooperación entre ellas y ejercen el control y la fiscalización de sus actividades.

Los Consejos Populares se constituyen a partir de los delegados elegidos en las circunscripciones, los cuales deben elegir entre ellos quien los presida. A los mismos pueden pertenecer los representantes de las organizaciones de masas y de las instituciones más importantes en la demarcación.

 

Composición de la Asamblea Municipal del Poder Popular


Rafael Ernesto Licea Mojena

Presidente

 

   Yuladis García Segura

Vicepresidenta

 

Yaremy Pérez García

Secretaria

 

      Diputados a la Asamblea Nacional del Municipio Especial

Rafael Ernesto Licea Mojena

Cargo :Presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular en la Isla de la Juventud
Edad:47

Organizaciones a las que pertenece :CDR,CTC,PCC

Biografía:

Licenciado en Cultura Física con Título de Oro por la Universidad de la Isla de la Juventud “Jesús Montané Oropesa”. Durante su formación universitaria, ocupó diferentes responsabilidades en la FEU hasta ser su Presidente. Fue promovido como Vicedecano Docente y, posteriormente, a Decano de la Facultad de Cultura Física. En el 2021 se desempeñó como Rector de la casa de altos estudios del Municipio Especial.

Fue Secretario del Comité del PCC de la Universidad, miembro del Comité Municipal del PCC y delegado al 8vo. Congreso del PCC. Cumplió misión internacionalista en la República Bolivariana de Venezuela. Es Delegado de la circunscripción # 8, en Nueva Gerona. Recibió el Sello Forjadores del Futuro; Sello «Mérito al Humanismo, Sensibilidad y Solidaridad» y Valientes por la Vida, que aprobó el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Salud; Sello Aniversario 60 del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación, la Ciencia y el Deporte; Medalla Trabajador Internacionalista; entre otros reconocimientos. 

 

OSBEL LORENZO RODRÍGUEZ

 

Cargo: Primer Secretario del Comité Municipal del PCC de la Isla de la Juventud
Edad:50
Organizaciones a las que pertenece: CDR,PCC
 
Biografía:

Licenciado en Educación con Título de Oro y Máster en Dirección. Se desempeñó en el área educativa hasta ser promovido al trabajo profesional del PCC. Ocupó cargos de Instructor, miembro del Buró y Primer Secretario en los Comités Municipales de Sancti Spíritus y Trinidad. Posteriormente, asumió como miembro del Buró Provincial en Sancti Spíritus hasta que pasa al cargo que actualmente ocupa. Participó como Delegado en el 7mo. Congreso del PCC. Propuesto precandidato a Diputado por el pleno de la CTC.

 

ELIER RAMÍREZ CAÑEDO

Cargo: Subdirector del Centro Fidel Castro Ruz
Edad:41
Organizaciones a las que pertenece: CDR,CTC,PCC
 
Biografía:

Fue Presidente de la FEU en la Universidad de La Habana y se graduó con Título de Oro en la Licenciatura en Historia. En el 2011, obtuvo el Doctorado en Ciencias Históricas. Fue miembro del Comité Nacional de la UJC de 2013 al 2018 y de la Dirección Nacional de la Asociación «Hermanos Saíz».

En el 8vo. Congreso del PCC resultó elegido Miembro del Comité Central.  Diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular en su IX Legislatura e integró la Comisión Redactora de la Constitución de la República, aprobada en 2019. Posee las Órdenes Julio Antonio Mella y Frank País, así como la Distinción Félix Elmusa, entre otros reconocimientos. Es miembro del Consejo de Estado de la República de Cuba.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La misión fundamental es lograr el desarrollo económico y social del territorio, atendiendo a los objetivos generales del país, actuando como ente coordinador entre las estructuras centrales del Estado y los municipios, para lo cual deberá contribuir a la armonización de los intereses locales y nacionales.

El Consejo Provincial es un órgano colegiado y deliberativo, que cumplirá las funciones previstas en la Constitución y las Leyes, con las decisiones por el voto favorable de la mayoría de sus integrantes.

La Asamblea Nacional del Poder Popular es el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República.

En tanto, la iniciativa de las leyes compete:

a) al Presidente de la República;

b) a los diputados de la Asamblea Nacional del Poder Popular;

c) al Consejo de Estado;

d) al Consejo de Ministros;

e) a las comisiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular;

f) al Consejo Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba y a las direcciones nacionales de las demás organizaciones de masas y sociales;

g) al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en materia relativa a la administración de justicia;

h) a la Fiscalía General de la República, en materia de su competencia;

i) a la Contraloría General de la República, en materia de su competencia;

j) al Consejo Electoral Nacional, en materia electoral; y

k) a los ciudadanos. En este caso será requisito indispensable que ejerciten la iniciativa como mínimo diez mil electores.

La ley establece el procedimiento para hacer efectivo su ejercicio.

         Labor legislativa, Leyes y decretos aprobados.

-  Número 1 (Ver), sobre la Ley Número 16 Código de la Niñez y la Juventud.

-  Número 2 (Ver), sobre la Ley 151/2022  Código Penal  (GOC-2022-861-O93)

-  Número 3 (Ver), sobre la Ley 152/2022 “Ley de Ejecución Penal” (GOC-2022-862-O94)

-  Número 4 (Ver), sobre el Funcionamiento De Las Comisiones Permanentes.

-  Número 5 (Ver), sobre la Ley No. 127 “Ley Electoral” (GOC-2019-735-O60)

-  Número 6 (Ver), sobre la Ley 153/2022 “Del Proceso de Amparo de los Derechos Constitucionales” (GOC-2022-734-O74)

-  Número 7 (Ver), sobre la Ley 148/2022 “Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional” (GOC-2022-754-O77)

-  Número 8 (Ver), sobre la Ley 149/2022 “De Protección de Datos Personales” (GOC-2022-832-O90)

-  Número 9 (Ver), sobre la Ley 156/2022 “Código de las Familias” (GOC-2022-919-O99)

-  Número 10 (Ver), sobre la Ley 145/2022 “Del Ordenamiento Territorial y Urbano, y la Gestión del Suelo” (GOC-2022-1061-O116)

-  Número 11 (Ver), sobre la Ley 154/2022 “De los Derechos del Autor y del Artista Intérprete” (GOC-2022-1103-O122)

-  Número 12 (Ver), sobre la Ley No. 160/2022 “De la Fiscalía General de la República” (GOC-2023-56-O5)

-  Número 13 (Ver), sobre la Ley 158/2022 “De La Contraloría General de la República de Cuba y del Sistema de Control Superior de los Fondos Públicos y de la Gestión Administrativa” (GOC-2023-181-O21)

-  Número 14 (Ver), sobre la Ley 159/2022 “De la Expropiación por razones de Utilidad Pública o Interés Social” (GOC-2023-465-O46)

-  Número 15 (Ver), sobre la Ley 161/2022 “Ley de Fomento y Desarrollo de la Ganadería” (GOC-2023-542-O58)

-  Número 16 (Ver), sobre la Ley 155/2022 “Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y al Patrimonio Natural”. (GOC-2023-758-O84)

-  Número 17 (Ver), sobre la Ley 150/2022 “Del Sistema de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente” (GOC-2023-771-O87)

-  Número 18 (Ver), sobre la Ley 164/2023 “Del Presupuesto del Estado para el año 2024” (GOC-2023-1056-O126)

-  Número 19 (Ver), sobre Acuerdo Número X.....ISSN 1682-7511

-  Número 20 (Ver), sobre la Ley No. 128/2019 LEY DE LOS SÍMBOLOS NACIONALES DE LA REPÚBLICA DE CUBA (GOC-2019-845-O71)

-  Número 21 (Ver), sobre la Ley No. 132/2019 De Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejos Populares (GOC-2020-48-EX5)

-  Número 22 (Ver), sobre la Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros y Ley de Revocación de los elegidos a los órganos del Poder Popular.

-  Número 23 (Ver), sobre la Ley No. 136/2020 “Ley del Presidente y el Vicepresidente de la República de Cuba” (GOC-2020-933-O89)

-  Número 24 (Ver), sobre la Ley No. 129/2019 “Ley de Pesca” (GOC-2020-111-O11)

 

 

 

 

 

 

 

 

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