CERTIFICACIONES FISCALES

  • Certificación de Inscripción en el Registro de Contribuyentes.
  • Certificación de Residencia Fiscal en Cuba. Convenio.
  • Certificación de Adeudos Fiscales.
  • Certificación de No Adeudos Fiscales.
  • Certificación de las Contribuciones efectuadas al Régimen de Seguridad Social.
  • Certificación del Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.
  • Certificación Fiscal.

Para obtenerlas se exigen sellos del timbre por valor de 20.00 pesos CUP o CUC, según lo establecido en el Artículo 221 y en el Anexo N.4, numeral 23, inciso b) de la Ley No.113 de 2012.

Si ocurre algún cambio que implique una modificación del RC (traslado, cambio de actividad, régimen, dirección, cuota, etc.), el contribuyente debe informarlo, en un término de treinta (30) días naturales. Para ello debe presentar el RC-05 Identificación Fiscal Única y los mismos documentos solicitados para la inscripción (excepto los 30.00 CUP en sellos del timbre).

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