El documento del órgano rector que dispone la suspensión temporal del ejercicio de la actividad y el modelo RC-05 Identificación Fiscal Única.
El documento del órgano rector que dispone la suspensión temporal del ejercicio de la actividad y el modelo RC-05 Identificación Fiscal Única.
Si ocurre algún cambio que implique una modificación del RC (traslado, cambio de actividad, régimen, dirección, cuota, etc.), el contribuyente debe informarlo, en un término de treinta (30) días naturales. Para ello debe presentar el RC-05 Identificación Fiscal Única y los mismos documentos solicitados para la inscripción (excepto los 30.00 CUP en sellos del timbre).
El documento emitido por el órgano que autoriza la baja, todos los de trascendencia tributaria que le fueron entregados al contribuyente, o el acreditativo de la cancelación de su inscripción en el registro correspondiente.
INSCRIPCIÓN
Debe producirse en los quince (15) días naturales siguientes a la emisión de la aprobación del ejercicio de la actividad por la entidad correspondiente, o de la fecha de inscripción en el registro constitutivo correspondiente.