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Devolución de ingresos

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La solicitud que debe contener:

  • Nombre o denominación social
  • Domicilio legal y demás generales del contribuyente
  • Condición del interesado (contribuyente, perceptor, retentor, o responsable);
  • NIT, número de cuenta y sucursal bancarias donde realiza sus operaciones
  • Fecha y referencia del aporte al Presupuesto del Estado
  • Documentos que acrediten el pago cuya devolución se solicita
  • Los estados financieros, correctamente acuñados y firmados por la máxima instancia de dirección de la entidad, cuando el aporte erróneo o en exceso de lo debido se relacione con tributos asociados a la actividad.
  • La firma del titular, en el caso de las personas naturales que lleven contabilidad.
  • La resolución dictada por la autoridad competente, donde consten las razones por las cuales procede la devolución, en caso de ingresos no tributarios

Todas las pruebas documentales que el contribuyente estime oportunas para respaldar su petición.

El derecho a la devolución prescribe al año de efectuado (o declarado) el ingreso como Indebido o en exceso de lo debido.

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